Amnistía Internacional


HONDURAS

CONTINÚA LA LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD

Marzo de 1996     RESUMEN       ÍNDICE AI: AMR 37/01/96/s

DISTR: SC/CO/GR

La lucha que se mantiene en Honduras contra la impunidad tuvo momentos importantes durante 1995: la acusación a miembros del estamento militar de intento de asesinato y detención ilegal de seis estudiantes en 1982, y la exhumación de los restos de «desaparecidos» durante el decenio de 1980.

Este documento actualiza el titulado Honduras: ¿El principio del fin de la impunidad? publicado en junio de 1995. En él se informa sobre el procedimiento judicial contra determinados miembros del ejército, y de su difícil camino por las instancias jurídicas del país, ya que los acusados trataron de persuadir a los tribunales, si bien infructuosamente, de que las leyes de amnistía promulgadas entre 1986 y 1991 debían serles aplicadas.

También se describen en él las exhumaciones, iniciadas por organizaciones de derechos humanos en colaboración con la Fiscalía Especial de Derechos Humanos, de los restos de las víctimas de «desaparición» en los años ochenta. En 1994 y 1995 se exhumaron los restos mortales de 16 personas. En cinco casos los expertos consiguieron identificar plenamente a las víctimas, estableciendo así «los hechos constitutivos del crimen» necesarios para que las autoridades abran diligencias judiciales.

Amnistía Internacional acoge favorablemente estos esfuerzos y reitera su llamamiento en pro del esclarecimiento de todos los casos de violación de los derechos humanos en el pasado y para que se ponga a disposición de la justicia a sus responsables.

Este texto resume el documento tituloado Honduras: Continúa la lucha contra la impunidad (Índice AI: AMR 37/01/96/s) publicado por Amnistía Internacional en marzo de 1996. Quienes deseen más información o iniciar acciones sobre este asunto deben consultar el documento completo.

SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO
TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL, ESPAÑA

Amnistía Internacional


HONDURAS

CONTINÚA LA LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD

Marzo 1996
Índice AI: AMR 37/01/96/s
Distr: SC/CO/GR

SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO
TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL, ESPAÑA

HONDURAS

CONTINÚA LA LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD

INTRODUCCIÓN

La lucha contra la impunidad prosigue en Honduras a pesar de la fuerte oposición de los responsables de violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado. Esta lucha recibió un fuerte impulso en julio de 1995 cuando la Fiscalía Especial de Derechos Humanos del Ministerio Público acusó a diez oficiales del ejército (algunos en activo y otros ya retirados) de la violación de los derechos humanos de seis estudiantes en 1982. La respuesta de los oficiales a las imputaciones ha consistido en argumentar que no pueden ser juzgados por estar amparados por las leyes de amnistía aprobadas por el Congreso Nacional. Esta pretensión ha encontrado la fuerte oposición de las organizaciones de derechos humanos y asociaciones profesionales, entre otros. El procedimiento judicial continuó con la orden de detención de tres de los diez oficiales, lo que provocó su huida, al parecer con la ayuda de compañeros de armas. El proceso causó una gran conmoción al saberse que la Corte de Apelaciones había fallado a favor del argumento de los oficiales de que debían beneficiarse de las leyes de amnistía, si bien esta decisión quedó más tarde anulada por la Corte Suprema de Justicia.

El papel de la judicatura ha revestido máxima importancia dado el efecto que las decisiones en este caso podrían tener sobre los de los 184 «desaparecidos» identificados en el informe del doctor Leo Valladares Lanza, Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, Los Hechos hablan por sí mismos dado a conocer en 1993.

Los esfuerzos por investigar y esclarecer la suerte de los «desaparecidos» también han pasado por vicisitudes importantes. Tras las exhumaciones de 1994, se llevaron a cabo durante 1995, a instancias de la Fiscalía Especial de Derechos Humanos y de organizaciones locales de derechos humanos, las de los restos de víctimas de otras «desapariciones». Para ello se contó con la colaboración de peritos técnicos de diversos países. Al terminar el año ya se habían exhumado nueve cuerpos.

Escaso avance se ha logrado en otros casos de violación de derechos humanos que están ante los tribunales. Además, los defensores de los derechos humanos siguen recibiendo amenazas a causa de sus esfuerzos para poner a disposición de la justicia a los responsables de estas violaciones.

1. MILITARES ACUSADOS DE «DESAPARICIÓN TEMPORAL» DE SEIS ESTUDIANTES EN 1982

En su decisión sin precedentes de julio de 1995, la Fiscalía Especial de Derechos Humanos acusó a diez oficiales del ejército (en activo o retirados)1 de intento de asesinato y detención ilegal de seis estudiantes en 1982. El procedimiento judicial está en marcha.

Antecedentes

El 27 de abril de 1982 seis estudiantes universitarios ÄMilton y Marlen Jiménez Puerto, Gilda y Supaya Rivera Sierra, Edwin y Adán Guillermo López RodeznoÄ fueron detenidos a primeras horas de la mañana en la casa que compartían en la vecindad de Miraflores en Tegucigalpa. El padre de Gilda y Supaya ÄRafael Rivera TorresÄ abogado y en aquel momento Subprocurador General de la República, también vivía en la casa. La detención fue llevada a cabo por hombres armados vestidos de civil. No tenían orden judicial de detención y sólo dijeron «nosotros estamos cumpliendo órdenes».2

La casa donde nos detuvieron es una zona residencial, fue vecino nuestro una persona que fue Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, fue Ministro de Trabajo, Vice Rector de la Universidad, Decano de la Facultad de Derecho. Enfrente vivía un diputado del Partido Liberal,.... el abogado Carlos Rivas García. Y estas personas, tanto el ex-magistrado de la Corte como el Diputado, les hicieron ver -- a los elementos que llegaron a detenernos -- de que no podían detenernos sin orden judicial y que además, el Sub Procurador General de la República gozaba de inmunidad, que no podían bajo ninguna circunstancia detenerlo. Esto no fue obstáculo para que nos detuvieran. Es más, se llevaron al señor en pijamas.3

Introdujeron a los siete en dos vehículos sin placas de identificación y les condujeron a la comisaría de policía de la vecindad de Manchón. Unas dos horas más tarde pusieron en libertad a Rafael Rivera Torres. Los seis estudiantes permanecieron detenidos en régimen de incomunicación y más tarde fueron conducidos a un lugar no identificado atados y con los ojos vendados. Fueron retenidos cuatro días durante los cuales sufrieron torturas.

En su testimonio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Milton Jiménez declaró:

Esa misma noche comenzaron las torturas... a la persona que era más alta, que no era precisamente yo, comenzaron a torturarla y estuvieron a punto de matarlo -- eso por que yo mismo lo escuché -- tuvieron que darle después respiración artificial por que le pusieron quince veces seguidas la capucha. Posteriormente -- a mi no me pusieron la capucha -- me golpearon y me pusieron ametralladoras e hicieron simulacro de fusilamiento y nos dijeron claramente que nos iban a matar.4

Los estudiantes permanecieron con los ojos vendados durante toda su detención y no recibieron alimento alguno. Los interrogatorios se centraron en las actividades políticas en la universidad. Se les preguntó por la identidad de los dirigentes estudiantiles, si bien no se les acusó de ser terroristas o subversivos. A los cuatro días de detención fueron transferidos a otro lugar dentro de las dependencias en que se hallaban; cuatro de ellos fueron puestos en libertad ese mismo día, en tanto que Milton Jiménez y Adán Guillermo López fueron llevados a la prisión de El Manchón. En mayo de 1982 se les acusó formalmente de «Actividades Totalitarias y Disociadoras contra la Forma de Gobierno Republicano Democrático y Representativo en perjuicio del Estado de Honduras». La acusación fue formulada por el jefe de la Sección de Investigaciones Criminales de la Dirección Nacional de Investigaciones, comandante Juan Blas Salazar. La instrucción se inició en el Juzgado Primero de lo Criminal y el juez dictó auto de encarcelamiento. Seis días más tarde fueron liberados bajo fianza. Milton Jiménez protestó ante el juez por el auto de prisión ya que, según argumentaba, carecía de fundamento. Según los informes, el juez le dijo:

Mire, este es el mal menos peor que yo puedo provocarle, el objetivo mío es que usted salga en libertad bajo fianza, porque a mi me están exigiendo que le dicte auto de prisión por un delito mayor, de tal manera que usted no pueda salir bajo fianza.
Estas manifestaciones muestran la falta de independencia de la judicatura en aquellos días.

El procedimiento se prolongó año y medio. En noviembre de 1983 el Juzgado Primero de lo Criminal desestimó las acusaciones y la Corte de Apelaciones confirmó esta decisión en diciembre de 1983.

Milton Jiménez también testificó sobre el terrible trato dado a otros detenidos:

En una ocasión, cuando me llevaban al baño, pude ver a través de la venda a un individuo tirado en el suelo, estaba envuelto en periódicos. Producto de la tortura esta persona había sido reducida a una maza [sic] sanguinolenta, irreconocible, que sólo emitía gemidos de dolor.

Milton Jiménez, en su declaración en 1983 ante el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, manifestó su creencia, basada en sus propias investigaciones, de que el centro de detención clandestino donde se les había retenido era una casa de campo propiedad del coronel Amílcar Zelaya, uno de los acusados en julio de 1995.

Procedimiento judicial

El 25 de julio de 1995 la Fiscal Especial de Derechos Humanos del Ministerio Público, Sonia Marlina Dubón de Flores, acusó a diez5 oficiales del ejército de intento de asesinato y detención ilegal, en conexión con la «desaparición temporal» de los seis estudiantes en abril de 1982. Era la primera vez que las autoridades del Estado iniciaban un procedimiento judicial contra miembros de las fuerzas armadas por violaciones de los derechos humanos.6

Los oficiales interpusieron recursos ante los tribunales argumentando que las leyes de amnistía de 1987, 1990 y concretamente de 1991 eran de aplicación a sus casos y que por tanto las acusaciones carecían de fundamento dado que la responsabilidad legal había prescrito.

La Ley de Amnistía de 1991 entró en vigor el 24 de julio de 1991 y concedió «amplia e incondicional amnistía» a todas las personas que, con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, hubieran sido «sentenciadas, procesadas o sujetas a ser procesadas» por ciertos delitos políticos o delitos comunes relacionados con los primeros. Entre los crímenes amparados por la ley se incluían los homicidios, las torturas y las detenciones ilegales cometidas por miembros del ejército y la policía. Sin embargo, la ley de amnistía también reconocía explícitamente que Honduras estaba obligada por el derecho internacional relativo a los derechos humanos, lo que incluía poner a disposición judicial a los funcionarios públicos implicados en casos de violaciones de los derechos humanos fundamentales.

El 17 de octubre de 1995, el juez Roy Edmundo Medina, del Juzgado de Letras Primero de lo Criminal, dictó orden de detención de tres de los oficiales: Manuel de Jesús Trejo, Billy Fernando Joya y Alexander Hernández por no haberse puesto a disposición del juzgado. Los tres oficiales se escondieron y, según se informó en la prensa, recibieron ayuda de otros compañeros de armas. Todavía no han sido capturados.

El 6 de diciembre, el Juzgado Primero de lo Criminal dictó orden de detención del coronel Juan Blas Salazar, otro de los diez oficiales acusados en julio en relación con el caso. Sin embargo, este oficial estaba ya cumpliendo una pena de 21 años de prisión por haber sido declarado culpable de tráfico de drogas el 30 de octubre de 1995.

«Aceptar una amnistía sin conocer la verdad de los hechos es dejar las puertas abiertas par a que la justicia en el país siga utilizándose de acuerdo a fines políticos... Una amnistía que tiene como punto de partida la impunidad, en vez de contribuir a la reconciliación, se convierte en un instrumento que favorece a la descomposición social, fortalece la impunidad y propicia la repetición de los mismos crímenes en el futuro».

Declaración de la Asamblea Nacional de los Jesuitas de Honduras, de 10 de enero de 1996, tras la decisión de la Corte de Apelaciones.

En octubre de 1995, los oficiales interpusieron recursos de hábeas corpus ante la Corte de Apelaciones argumentando que se les debía aplicar la ley de amnistía de 1991 y que, por tanto, no debían ser juzgados por intento de asesinato y detención ilegal de los seis estudiantes en 1982. El 5 de enero de 1996 la Corte Primera de Apelaciones falló, por dos votos contra uno, en favor de los recurrentes. Esta decisión causó gran preocupación entre los grupos de derechos humanos y familiares de las víctimas de violaciones de derechos humanos, ya que se consideró que con ella se cerraban todas las vías de acusación de los responsables de violaciones de derechos humanos en el pasado y se emitían peligrosas señales de impunidad para el futuro.

El presidente Carlos Roberto Reina fue duramente criticado por sus declaraciones a raíz de la decisión de la Corte. Según los informes aparecidos, se manifestó en el sentido de que la Corte había tomado una decisión correcta al aceptar los recursos de hábeas corpus de los oficiales. En diciembre de 1995 aparecieron en la prensa afirmaciones suyas de que las leyes de amnistía «comprenden a todos» y que suponían «el olvido de los hechos».

El 19 de enero de 1996, sin embargo, la Corte Suprema de Justicia anuló unánimemente la decisión de la corte inferior, desestimó el recurso de hábeas corpus y ordenó la devolución del caso a la instancia original. La decisión deja libre el camino para que el juez Roy Medina, del Juzgado Primero de lo Criminal, siga adelante con el proceso contra los nueve oficiales.

«El Comité para la Defensa de los Derechos Humanos en Honduras, CODEH, ha advertido al Presidente Reina sobre los alcances legales y políticos de este hecho, si... la Corte Suprema de Justicia confirma la resolución de la Corte Primera de Apelaciones... [el decreto de amnistía 87/91] organiza y consolida la impunidad de los agentes estatales y paraestatales; cierra las posibilidades de comprobar las violaciones de los derechos humanos...; impide identificar a los autores, cómplices e incubridores de tales delitos; imposibilita el derecho a imponerle a los autores las sanciones penales; niega para siempre el derecho de las víctimas, de sus familiares, y de la sociedad misma a conocer la verdad; pospone para siempre el estado de derecho que tanto anhela el pueblo...»
(Editorial, Diario Tiempo, 10 de enero de 1996).

El resultado final del proceso contra los oficiales del ejército y la decisión sobre si las leyes de amnistía les amparaban (y quién debía decidir este extremo) revestían enorme importancia a causa de las consecuencias que podrían tener en los casos de los 184 «desaparecidos» identificados en el informe del Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos Los hechos hablan por sí mismos. Este documento, publicado en 1993, supuso el primer reconocimiento oficial de que las fuerzas gubernamentales participaron de forma «sistemática, clandestina y organizada» en la «desaparición» de oponentes políticos durante todo el decenio de 1980.

Amnistía Internacional cree que las leyes de amnistía que tienen como efecto impedir el esclarecimiento de la verdad y las correspondientes responsabilidades ante la justicia no son aceptables, independientemente de que hayan sido aprobadas por los responsables de las violaciones o por gobiernos posteriores. Sin embargo, Amnistía Internacional no toma posiciones respecto de la concesión de un indulto con posterioridad a una condena, una vez que se ha conocido la verdad de los hechos y se ha completado el proceso judicial. Así pues, las leyes de amnistía no deben tener como finalidad el bloqueo del procedimiento judicial contra los responsables de «desapariciones» y otros abusos contra los derechos humanos.

2. EXHUMACIONES

La exhumación de los restos de víctimas de «desaparición» en los años ochenta y primeros años del presente decenio, como parte del esfuerzo por poner a disposición judicial a sus responsables, comenzó en 1994 y prosiguió en 1995. Ha sido realizada conjuntamente entre las autoridades y las organizaciones de derechos humanos de Honduras. Gracias a este trabajo se han encontrado 16 cuerpos, de los cuales cinco han sido identificados y once todavía no.

Exhumaciones de mayo de 1994

A comienzos de 1994 la Corte Suprema de Justicia de Honduras decidió traer al país a peritos técnicos con el fin de estudiar alegaciones de que al menos cuatro personas «desaparecidas» en el decenio de 1980 habían sido enterradas en un cementerio clandestino de Jacaleapa. En mayo de 1994 se realizó la exhumación en Las Vueltas de la Calera, a dos kilómetros de Jacaleapa (El Paraíso). El Comité de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Honduras, COFADEH, creía que allí se encontrarían los restos de Enrique López Hernández, Julio César Méndez Zavala, María Ediltrudis Montes y Francisco Samuel Pérez Borjas, que habían «desaparecido» en 1982. El 6 de mayo de 1994 los peritos técnicos descubrieron los primeros indicios de restos óseos y para el 12 de mayo ya se habían exhumado seis esqueletos. Se determinó que todos ellos eran varones y mostraban señales de múltiples heridas de bala. También se encontraron balas y fragmentos de ropa y de cuerda en las cercanías. Sin embargo, tras examinar todas las pruebas disponibles, los peritos técnicos concluyeron que los restos no pertenecían a las personas antes mencionadas. Todavía no se ha podido establecer a quién pertenecen. No obstante, estas exhumaciones fueron importantes porque pusieron al descubierto el corpus delicti Älos hechos constitutivos de un crimenÄ sin el cual no se consideraba posible una investigación judicial.

Exhumaciones de diciembre de 1994

En diciembre de 1994, la Fiscalía Especial de Derechos Humanos del Ministerio Público inició una exhumación que dio como resultado el hallazgo de los restos de Nelson Mackay Chavarría en Costa de los Amates, cerca de la frontera con El Salvador, el 9 de diciembre de 1994. Mackay Chavarría había «desaparecido» en 1982 (para mayor información, véase Honduras: ¿El principio del fin de la impunidad?). El hecho hizo concebir la esperanza de que se había dado un paso importante en la lucha por esclarecer pasadas «desapariciones» en Honduras. La Fiscalía General manifestó su voluntad decidida de iniciar investigaciones judiciales «resulte quien resulte implicado» y el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos consideró que estos hechos eran el «el principio del fin de la impunidad».

Las diligencias judiciales comenzaron poco después de la exhumación, citándose a declarar a familiares, testigos y miembros de ls fuerzas armadas. En enero de 1995, Amelia Rivera de Mackay, esposa de Nelson Mackay Chavarría, compareció ante el Primer Juzgado de lo Criminal en Francisco Morazán. En octubre, el anterior jefe del servicio de inteligencia de las fuerzas armadas, coronel Leónidas Torres Arias, prestó declaración ante el juez Rafael Castro Avila sobre «desapariciones» ocurridas durante los años ochenta en Honduras. Como resultado de sus declaraciones fue llamado a declarar el Inspector de la Fuerza de Seguridad Pública (FUSEP), coronel Alexander Hernández. Sin embargo, este oficial se encontraba huido tras la orden de detención dictada contra él (y otros dos oficiales) en relación con la detención ilegal y «desaparición» temporal de seis estudiantes, con la participación de otros seis oficiales del ejército (véase más arriba).

Hallazgo de un cuerpo en febrero de 1995

El 2 de febrero de 1995 se descubrió un esqueleto en la red de alcantarillas de Tegucigalpa. En octubre de 1995 los peritos técnicos identificaron los restos como pertenecientes a Estanislao Maradiaga Linares, dirigente sindical «desaparecido» tras su detención en mayo de 1980.

Estanislao Maradiaga fue sacado de su casa por cinco hombres armados pertenecientes a la antigua Dirección Nacional de Investigaciones (DNI)el 24 de mayo de 1980. Era presidente de la sección de Choluteca del Sindicato de Trabajadores del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillas (SITRASANAA). Había prestado el servicio militar en el Onceavo Batallón de Infantería de Choluteca, donde alcanzó la graduación de cabo.

Sus restos fueron rescatados el 2 de febrero de 1995 de una alcantarilla en la municipalidad de San Miguel, en Tegucigalpa, y examinados por peritos antropólogos en el depósito de cadáveres judicial el 21 de octubre de 1995. Los familiares de Estanislao Maradiaga identificaron los restos el 24 de octubre de 1995. Sus parientes habían facilitado un dato importante: una fractura en la pierna, de la que había sido intervenido quirúrgicamente para la inserción de una pieza de metal. También se realizaron pruebas de ácido desoxirribonucleico (ADN), que confirmaron que se trataba de sus restos.

Exhumaciones de octubre de 1995

En octubre de 1995, la Fiscalía Especial de Derechos Humanos y COFADEH iniciaron exhumaciones con la colaboración de tres peritos técnicos de la organización no gubernamental estadounidense Physicians for Human Rights.

Cementerio de El Maguelar; San Martín (El Paraíso)

Se tenían esperanzas de que en este lugar se hallarían los restos de Gustavo Morales Fúnez, Rolando Vindel y alguien conocido como Oscar Manuel o «el bachiller», de quien se suponía la condición de sindicalista salvadoreño y en compañía de Vindel en el momento de la detención. Gustavo Morales y Rolando Vindel habían sido capturados en lugares diferentes de Tegicugalpa el 18 de marzo de 1984.

«Si hoy no aparecen, otros los encontrarán mañana... Sea quien sea, lo vamos a recoger y si yo algún día muera, alguien se encargará de hacer lo mismo con los restos de mi hijo».
Fidelina Borjas, videpresidente de COFADEH y madre de Samuel Pérez Borjas, «desaparecido» el 24 de enero de 1982.

El lunes 23 de octubre de 1995, los peritos antropólogos exhumaron en el Sitio II, en el cementerio de El Maguelar (región de El Paraíso, a 70 kilómetros al este de Danlí), un ataúd que según informes recibidos contenía los restos de una víctima de violación de los derechos humanos.

El cuerpo había sido enterrado el 17 de abril de 1984 por vecinos de El Maguelar, quienes lo habían encontrado el día antes cerca de El Guajiniquil. La víctima había recibido un disparo por la espalda y aparentemente había sido torturada. Al parecer se trataba de los restos de un salvadoreño, según los que le enterraron, de entre 18 y 23 años de edad. Más tarde se creyó que los restos podían pertenecer a alguien de San Pedro Sula y por esta razón unos miembros de COFADEH decidieron ponerse en contacto con los familiares.

El 25 de octubre de 1995, el equipo de peritos (con la ayuda de personal de la Fiscalía de Derechos Humanos y de la Dirección de Investigación Criminal) encontró una fosa común con dos cuerpos en la zona conocida como Las Trincheras, en El Maguelar. Algunos familiares de Gustavo Morales y Rolando Vindel participaron en la excavación. Los esqueletos se hallaban en malas condiciones: la espina vertebral y las costillas de ambos cuerpos no pudieron recuperarse.

Gustavo Adolfo Morales Fúnez, nacido en Olanchito (Yoro) el 17 de septiembre de 1947, fue detenido por seis miembros de las fuerzas de seguridad vestidos de civil el 18 de marzo de 1984 cerca de la embajada de Estados Unidos en Tegucigalpa. Su secuestro fue presenciado por Luis Mendoza Fugón, por entonces magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Gustavo Morales había terminado estudios de economía, trabajaba como subdirector de la Lotería Nacional y era dirigente sindical del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), entidad estatal que supervisa los orfanatos de Honduras.

El cuerpo de Gustavo Morales Fúnez fue identificado el 26 de octubre de 1995 gracias a trozos de ropa, un zapato y una prótesis dental. Su ropa, incluidos los restos de una camisa rayada, fue encontrada junto a un cráneo, que se supuso suyo. También se encontró un permiso de conducir doblado en una funda de plástico en un bolsillo interior de su pantalón. La edad y altura del esqueleto coincidían también con los de Gustavo Morales.

Rolando Vindel González, nacido en Sonaguera (Colón), el 18 de septiembre de 1944, fue detenido a las ocho de la mañana el 18 de marzo de 1984 en el parque de La Leona de Tegucigalpa por un subteniente y un soldado del batallón Cobra. Electricista de profesión, en el momento de su abducción Rolando era presidente del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (STENEE) y estaba participando en una negociación colectiva en nombre de sus compañeros de trabajo.

En enero de 1981, Rolando Vindel fue retenido por la DNI acusado de «subversión» y liberado posteriormente por falta de pruebas. A raíz de su liberación denunció en una página (pagada) del diario Tiempo haber recibido golpes, descargas eléctricas y amenazas de muerte mientras permanecía en las dependencias de la policía. Según informes recibidos, en septiembre de 1983, mientras participaba en negociaciones sindicales en nombre de la STENEE, Rolando Vindel fue detenido por miembros de la DNI y además torturado.

En el momento de su «desaparición», en marzo de 1984, llevaba una camiseta blanca, un pantalón vaquero desgastado y zapatos de lona blancos. Los peritos técnicos no consiguieron identificar plenamente los restos encontrados junto a los de Gustavo Morales y considerados ser los de Vindel, a pesar de ciertas semejanzas entre la información dental facilitada por los familiares de Vindel y los dientes de los restos exhumados.

Los familiares de algunas personas «desaparecidas», incluido Rolando Vindel, presentaron una denuncia en los tribunales a mediados de los años ochenta contra varios oficiales de alta graduación, acusándoles de asesinato, tortura y abuso de autoridad.

Esta iniciativa se produjo tras la publicación en 1985 de un informe y conclusiones de una Comisión Especial de las Fuerzas Armadas sobre más de 100 casos de «desaparición». La Comisión concluía que no había pruebas que hicieran pensar que las fuerzas armadas eran responsables de las «desapariciones» o de que las víctimas hubieran sido detenidas por unidades militares o policiales. En sus recomendaciones, la Comisión subrayaba que las acusaciones de responsabilidad por las «desapariciones» contra ciertas personas podrían ser llevadas ante las autoridades judiciales competentes. En enero de 1986, sin embargo, el Primer Juzgado de lo Criminal ordenó el sobreseimiento del caso, a pesar de que el juez no había sometido a ninguno de los acusados a un interrogatorio completo y había rechazado pruebas decisivas, incluida la declaración de un coronel retirado que implicaba en las «desapariciones» al principal acusado.

«No vamos a perdonar a los autores de la desaparición, tortura y asesinato de Rolando [Vindel].... Tengo la esperanza de que sus restos aquí están [en El Maguelar] y nosotros no vamos a perdonar a los responsables de su muerte, más bien pedimos castigo para ellos».
Alicia Durón de Vindel, esposa de Rolando Vindel, 25 de octubre de 1995.

Amnistía Internacional manifestó su preocupación en aquel momento por entender que las investigaciones de la Comisión Especial no habían sido exhaustivas e imparciales. La Comisión estaba integrada enteramente por miembros del estamento militar; sus conclusiones se basaron fundamentalmente en entrevistas con antiguos oficiales del ejército y miembros de la DNI, algunos de los cuales habían sido citados como responsables de «desapariciones» por grupos locales de derechos humanos; y al parecer no había examinado pruebas decisivas durante sus trabajos.

Cuesta La Pirámide; municipalidad de El Rodeo (Comayagua)

El 25 de octubre de 1995, a la una y media de la tarde, el equipo de peritos (también con ayuda de personal de la Fiscalía Especial de Derechos Humanos y de la Dirección de Investigación Criminal) encontró restos humanos en La Pirámide (Comayagua), en el kilómetro 49 de la carretera entre Tegucigalpa y San Pedro Sula. Se creyó que pertenecían a Hans Albert Madisson López. El equipo desplazó cientos de rocas hasta llegar a dos bolsas de plástico que contenían restos humanos, incluido un cráneo completamente destruido.

«... Exhortamos al Presidente de la República a que exija a esos subordinados procesados y pendientes de proceso por delitos de lesa humanidad que acudan ante el Juez a probar su inocencia tras que sean requeridos. En momentos cuando surgen derrotadas las mentiras oficiales del interior de esas cápsulas del tiempo que son las tumbas clandestinas, no pueden ser toleradas actitudes displicentes mucho menos dilatorias....»
Comunicado de prensa de COFADEH, 2 de noviembre de 1995

Hans Albert Madisson López tenía 24 años de edad cuando fue detenido y «desapareció» el 8 de julio de 1982 en una operación conjunta del ejército y la policía en el distrito de Florencia Sur de Tegucigalpa, junto con el periodista Oscar Reyes Bacca; ambos se dirigían al cine. Madisson López no tenía afiliación política conocida. Nacido en Puerto Cortés, Madisson acababa de terminar su educación secundaria y se estaba preparando para iniciar estudios de ingeniería en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH). Según nuestros informes, fue secuestrado por error y algunos de los elementos militares implicados en su abducción informaron a su familia que su cuerpo estaba en La Pirámide, en Comayagua.

Entre tres y cinco días después de su abducción, Marco Tulio Andino Äcampesino de la comunidad de El Rodeo, cerca de La PirámideÄ encontró dos sacos con restos humanos en estado de semidescomposición. Parecía que el hombre había sido torturado. Además estaba decapitado. Marco Tulio, ayudado por Abrahán Hernández y Pablo Maldonado, enterró los restos tras informar al juez local Juan Blas Domínguez, de la comunidad de San Antonio. El juez redactó un documento oficial detallando que el cuerpo había sido hallado en dos sacos: la cabeza y parte del cuello en uno; el tronco, del cuello a las rodillas, en otro.

El esqueleto examinado por el equipo de peritos técnicos fue identificado como Hans Albert Madisson gracias a una fractura ósea y a la dentadura. Se estableció en el examen que Madisson presentaba heridas en las caderas, piernas y brazos. La parte inferior de las piernas y los brazos no aparecieron. Se cree que Madisson murió de un disparo en la cabeza. La bala fue encontrada entre los restos.

«...las exhumaciones de desaparecidos continuarán, porque son un proceso para liquidar una etapa muy dolorosa que llenó al país de vergüenza y angustia.... existen cuatro pasos, entre ellos el jurídico: corresponde al poder judicial determinar si son válidas o no las amnistías; si hay evidencias de responsables... También encontrar a los desaparecidos. En tercer lugar, indemnizar y en cuarto un homenaje a esas víctimas en un gran mausoleo...»
Presidente Carlos Roberto Reina, octubre de 1995

Identificación de los cinco cuerpos

Los esqueletos fueron trasladados a la Dirección General de Medicina Forense, en Tegucigalpa, para su examen mediante las técnicas pertinentes.

El 29 de octubre de 1995, en una conferencia de prensa, el equipo de peritos técnicos presentó sus conclusiones: dos de los cuatro cuerpos habían sido identificados, uno estaba parcialmente identificado y el último no había podido ser identificado. Se creía que la prueba de ADN confirmaría plenamente las identidades, y para ello se tomaron muestras de sangre de los familiares.

Los cuerpos provisionalmente identificados y en espera de confirmación mediante la prueba de ADN eran los de Gustavo Adolfo Morales Fúnez y Hans Albert Madisson López. El cuerpo parcialmente identificado pertenecería a Rodolfo Vindel.

Los peritos técnicos pudieron establecer que los restos de la cuarta víctima pertenecían a un hombre de corta estatura y de edad comprendida entre 35 y 50 años, si bien no podían certificar que pertenecieran a un hombre llamado Oscar, conocido como «el bachiller», tal como se había previsto.

El equipo también confirmó la identidad de los restos de Estanislao Maradiaga hallados en febrero de 1995 (véase más arriba).

Exhumaciones de noviembre de 1995

En noviembre de 1995 se realizaron nuevas exhumaciones bajo los auspicios de la Fiscalía Especial de Derechos Humanos del Ministerio Público y CODEH.

Cementerio El Triunfo en Azacualpa (departamento de Choluteca)

El 6 de noviembre, tres miembros del Equipo Argentino de Antropología Forense, que habían sido invitados a Honduras para aportar sus conocimientos a la investigación, iniciaron las exhumaciones en el cementerio El Triunfo del pueblo de Azacualpa. En una tumba individual hallaron los restos de un varón, de unos 35 ó 40 años de edad, y aproximadamente 1,70 metros de estatura. La información odontológica y sobre los detalles de una herida Äfacilitada por la familiaÄ ayudó al equipo a identificar los restos como pertenecientes a Adán Avilez Fúnez. El equipo también estableció que su muerte se debía a dos disparos en el tórax.

Adán Avilez Fúnez, agricultor de 45 años, y José Amado Espinoza Paz (véase más abajo) fueron arrestados el 12 de junio de 1982 en Choluteca por agentes de la Dirección Nacional de Investigaciones y miembros de la Fuerza de Seguridad Pública. El 15 de junio de 1982 se descubrieron dos cuerpos junto a la carretera (kilómetro 93) en las inmediaciones de Jicaro Galán (departamento de Valle). No se encontró en ellos ningún documento de identidad. Ambos cuerpos aparecían descalzos y fueron enterrados en el mismo sitio.

La viuda de Adán Avilez escuchó en la radio el hallazgo de los dos cuerpos y una descripción de la ropa de uno de ellos que coincidía con la de su esposo. Se dirigió a las autoridades y consiguió recuperar el cuerpo de la tumba en que había sido enterrado. Su cuerpo fue entonces trasladado al cementerio El Triunfo del pueblo de Azacualpa, en Choluteca, donde fue enterrado el 24 de junio de 1982.

José Amado Espinoza Paz, ciudadano nicaragüense, se había trasladado a Honduras en 1979 con su familia y se había establecido en Choluteca, donde trabajaba como mecánico. Fue acusado de tráfico de armas y de vínculos con la guerrilla salvadoreña.

El 7 de noviembre de 1995 el equipo argentino de antropología forense comenzó una excavación en el kilómetro 93 de la carretera a Choluteca, en el departamento de Valle. Al día siguiente encontraron un cuerpo. El examen de laboratorio determinó que los restos pertenecían a un varón de más de 35 años de edad y de una altura aproximada de 1,65 metros. Debido al mal estado de los restos no era posible determinar la causa de la muerte. Por lo demás, no se contaba con suficiente información personal para proceder a una identificación definitiva. El único dato para vincular los restos con José Amado Espinoza era la ropa encontrada en la tumba, la cual, según algunos testigos, coincidía con la que llevaba el hombre que había sido enterrado en aquel lugar en 1982. Sin embargo, un análisis genético ulterior de algunos dientes encontrados en buena condición permitió su comparación con muestras tomadas a familiares y establecer con base suficiente que los restos eran los de José Amado Espinoza Paz.

Yuscarán (departamento de El Paraíso)

El equipo de peritos técnicos procedió a excavar un lugar cercano al río Dantas, a unos 10 kilómetros de Yuscarán. El 14 de noviembre, después de dos días de trabajo, encontraron restos de los que sólo pudieron determinar que se trataba de un varón de unos 25 a 35 años de edad, debido al mal estado de conservación. El esqueleto había permanecido en agua y casi se había desintegrado.

Sabanagrande (departamento de Francisco de Mozarán)

El 14 y 15 de noviembre el equipo de antropólogos argentinos inició sus trabajos en un lugar donde según un testigo se había enterrado un cuerpo en 1981. Esperaban encontrar los restos mortales de Jorge Zavala Eurake, antiguo presidente de la Federación de Estudiantes Secundarios, «desaparecido» en agosto de 1981. No se encontró ningún cuerpo en este emplazamiento.

Santa Bárbara (departamento de Santa Bárbara)

Entre el 20 y el 22 de noviembre los antropólogos forenses argentinos trabajaron en una amplia zona de Santa Bárbara, detrás de la Escuela Normal. Había conocimiento de que se habían enterrado varios cuerpos en este departamento durante 1985, y concretamente ocho en las inmediaciones de la escuela. Si bien nada se encontró en tres días de trabajo, y considerando la extensión de la zona (unas 17 hectáreas), los antropólogos argentinos se resistieron a concluir que no se debía continuar con las investigaciones en aquel enclave.

Callejones (departamento de Santa Bárbara)

El 23 y 24 de noviembre el equipo argentino de antropología forense trabajó en el nordeste de Honduras, cerca de la carretera de Callejones a Chiquila. En junio de 1981 los vecinos habían enterrado cuatro cuerpos de varón encontrados con signos de tortura en un tramo de tres kilómetros de la carretera. En uno de los sitios excavados se encontraron los restos de una persona; nada se encontró en el otro. Las pruebas de laboratorio concluyeron que los restos, en muy mal estado de conservación, pertenecían a un varón, de edad comprendida entre 20 y 30 años, de 1,68 metros aproximadamente de estatura. La búsqueda en otros dos emplazamientos, El Mango y La Culebra, tampoco dieron resultado alguno.

En su informe final, el Equipo Argentino de Antropología Forense concluyó, entre otras cosas, que «la documentación y prueba científica de algunos de los sucesos investigados constituye evidencia judicial importantísima». Por esta razón, CODEH presentó una denuncia formal el 12 de diciembre de 1995 contra los que creía responables de las «desapariciones» de Adán Avilez Fúnez y José Amado Espinoza Paz. Se formularon, en efecto, acusaciones de amenazas de muerte, detención ilegal, robo, daños a la propiedad y asesinato ante el Juzgado Primero de lo Criminal contra seis oficiales (en activo y retirados).

3. AMENAZAS A DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS

Los miembros de CODEH y COFADEH, así como otros que participan en la defensa de los derechos humanos y que pretenden que los responsables de violaciones de esos derechos no permanezcan impunes, continúan siendo blanco de ataques y amenazas.

La muerte de Juan Pablo Rivas Calderón, comandante retirado, que fue asesinado el 4 de enero de 1995, fue considerada como un intento de impedir que diera detalles de abusos pasados por parte del estamento militar. Rivas Calderón había denunciado sus temores a perder la vida tras haber acusado a un antiguo jefe de las fuerzas armadas de actos de corrupción. A raíz de su muerte, su familia recibió por teléfono amenazas para que no siguieran tratando de esclarecer el homicidio. Poco después se inició una investigación del caso, si bien hasta ahora poco se ha avanzado en el esclarecimiento de los hechos.

4. CONCLUSIONES

Amnistía Internacional acoge favorablemente los esfuerzos ininterrumpidos de la Fiscalía Especial de Derechos Humanos del Ministerio Público, del Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos y de las organizaciones locales de derechos humanos CODEH y COFADEH para esclarecer las violaciones de los derechos humanos y poner a disposición de la justicia a los responsables. La organización insta a las autoridades a que continúen facilitando este proceso y les pide que:

Notas Finales

1. Coronel Raymundo Alexander Hernández Santos, coronel Juan Blas Salazar Meza, coronel Juan Evangelista López Grijalva, coronel Julio César Fúnez Alvarez, capitán (r) Billy Fernando Joya Améndola, comandante (r) Manuel de Jesús Trejo Rosa, coronel (r) Amílcar Zelaya Rodríguez y coronel Juan Ramón Peña Paz.

2. Los Hechos hablan por sí mismos, tomo 1-B, p. 939.

3. Doc. cit. tomo 1-B, pp. 939-941.

4. Milton Jiménez describe la capucha como «un hule que utilizan los cuerpos de seguridad...que golpean, a la persona, le sacan todo el oxígeno que tiene y después le ponen el hule en la cara y esa persona está a punto de asfixiarse...».

5. La Fiscal Especial de Derechos Humanos retiró en fecha posterior de ese mismo año los cargos contra uno de los oficiales al saberse que había habido una confusión entre el coronel Juan Ramón Peña y otro oficial ahora fallecido y que al parecer participó en el secuestro de los estudiantes.

6. A mediados del decenio de 1980 algunos parientes de víctimas de «desaparición» iniciaron acciones legales contra miembros de las fuerzas armadas, si bien éstos fueron exonerados. Sin embargo, la Fiscal Especial ha manifestado repetidamente que tratará de conseguir la anulación de estas absoluciones en razón de las irregularidades registradas en los procedimientos. Véase Honduras: ¿El principio del fin de la impunidad?, Índice AI: AMR 37/01/95/s.